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¿Enisa puede financiar pymes de los sectores inmobiliario o financiero?

Los convenios celebrados entre Enisa y el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo exigen que las empresas beneficiarias de los préstamos participativos “no pertenezcan a los sectores inmobiliario o financiero”.

Se entenderá por sector financiero el integrado por empresas que realicen actividades financieras, estén o no sujetas a un régimen de autorización administrativa y supervisión de la CNMV o del Banco de España, quedando excluidas las plataformas de financiación participativa y otras plataformas de financiación, cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a oferentes de financiación y solicitantes de financiación en cualquiera de sus modalidades. Estas plataformas sí podrán ser objeto de financiación.

Por otra parte, se entenderá por sector inmobiliario el integrado por empresas que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria, quedando excluidas las plataformas tecnológicas, cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a personas o entidades que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria y a adquirentes o arrendatarios de inmuebles. Estas plataformas sí podrán ser objeto de financiación

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