FAQs

  • Estado

  • Temática

  • Limpiar filtro

¿Cuál es el tipo de interés de los préstamos participativos de Enisa?

El tipo de interés se aplicará en dos tramos:

Un primer tramo que se devengará a un tipo nominal sobre el saldo diario y sobre una base de 365 días, determinado por el EURIBOR a un año más un diferencial (a determinar cada año). Su liquidación será por trimestres naturales vencidos (excepto en la línea Jóvenes Emprendedores, cuya liquidación será mensual).

Un segundo tramo que se devengará y calculará a un tipo nominal sobre el saldo diario y sobre una base de 365 días, con liquidación anual, y determinado en base a la rentabilidad financiera obtenida por la empresa en el ejercicio al que corresponde la liquidación de intereses. En el supuesto de que este porcentaje resultase negativo, se considerará como tipo cero.
En ningún caso, el tipo del segundo tramo excederá de un máximo establecido de acuerdo con el rating de la operación (porcentaje a determinar cada año).

Se entiende por “fondos propios medios” la media aritmética de los fondos propios al inicio y al final del ejercicio, sin tener en cuenta como fondo propio el resultado del ejercicio al que se refiere la liquidación. En el supuesto de que los “fondos propios medios” fuesen negativos, se considerarán con valor igual a un euro.

El tipo correspondiente al segundo tramo se liquidará, con carácter general, el 15 de noviembre. Para calcularlo, la prestataria deberá remitir a Enisa, antes del 30 de septiembre, una copia de las cuentas selladas por el Registro Público que legalmente corresponda o, en caso de operaciones por importe superior a 300.000 €, una copia de las cuentas anuales auditadas externamente. En caso de que el ejercicio contable de la prestataria no coincida con el año natural, el tipo correspondiente al segundo tramo se liquidará a los diez meses del cierre del ejercicio contable. Para calcularlo, la prestataria deberá remitir a Enisa, en el plazo máximo de nueve meses desde el cierre del ejercicio contable, copia de las citadas cuentas depositadas en el Registro Público que legalmente corresponda o, en caso de operaciones por importe superior a 300.000 €, una copia de las cuentas anuales auditadas externamente.

En caso de no presentarse la información señalada en el plazo previsto, se practicará la liquidación al tipo máximo posible.

Ejemplo de cálculo del segundo tramo:

Supuesto simplificado para un primer tramo de Euribor al 0,5% más 3% de diferencial, y un segundo máximo del 8%.

Importe del préstamo: 100.000 €.
Fondos Propios a inicio de ejercicio x (Capital+Prima+Reservas+Resultado del ejercicio x-1) = 250.000 €.
Fondos Propios a final del ejercicio x, sin incluir resultado del ejercicio x (Capital+Prima+Reservas + Resultado del ejercicio x-1) = 300.000 €.
Fondos Propios medios = (250.000 €+300.000 €)/2 = 275.000 €.
Resultado antes de impuestos del ejercicio x = 24.750 €.
Segundo tramo del tipo de interés (fijado en póliza de préstamo) = máximo 8%.
Rentabilidad = 24.750 € / 275.000€ = 0,090 x 100 = 9%.
Primer tramo del tipo de interés (Euribor anual 0,5% + 3% fijado en póliza de préstamo) = 3,5%.
Segundo tramo del tipo de interés final = 9% – 3,5% = 5,5%. Por tanto el segundo tramo del tipo de interés del préstamo sería el 5,5% de 100.000 € = 5.500 €.
Si el segundo tramo obtenido del cálculo (en nuestro ejemplo, el 5,5%) hubiera sido superior al límite máximo (8%), se tomaría como segundo tramo ese máximo.

El cálculo para determinar qué tipo de interés del segundo tramo se debe aplicar se basa en la rentabilidad financiera de la empresa, medida como resultado antes de impuestos entre fondos propios medios.

Consideraciones relativas a este cociente:

Si el resultado antes de impuestos es negativo o cero, el segundo tramo será cero.
Para el cálculo de los fondos propios medios se tendrá en cuenta los existentes al inicio y a final del ejercicio, sin considerar el resultado de ese año. Esa suma se divide entre dos.
En la medida que la cifra de fondos propios medios sea elevada, el segundo tramo será menor, dado que los fondos propios medios actúan como divisor en el cociente.
La rentabilidad obtenida en dicha división se minorará por el tipo del primer tramo medio aplicado en el ejercicio, siendo la cifra resultante el interés del segundo tramo a aplicar.
El segundo tramo se devengará diariamente sobre el principal pendiente pago.
Los diferenciales a aplicar sobre el primer tramo y el tipo del segundo tramo se publicarán anualmente en la página web de Enisa para cada una de las líneas de financiación.

Coste del préstamo participativo:

Coste mínimo: independiente de la rentabilidad de la empresa (en este ejemplo, se supone Euribor+3%).
Coste máximo: en función de la rentabilidad de la empresa. Nunca será superior a un diferencial máximo establecido por encima del coste mínimo de acuerdo con el rating de la operación. (en este ejemplo, se supone Euribor +3+ 8%).»

Otras preguntas relacionadas

¿Te ha resultado útil? Si aún necesitas más información, prueba con estas otras preguntas.

keyboard_arrow_up