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¿Cómo debe presentarse la declaración responsable incluida en el punto 2.V del Anexo I del Anuncio de Adhesión?

De acuerdo con el punto 1.a) del apartado tercero de este Anuncio el solicitante deberá acreditar una facturación acumulada de, al menos, 100.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 50.000 euros en el año anterior, en proyectos similares a los que se deben desarrollar para los beneficiarios en cualquiera de las categorías de soluciones de digitalización del Anexo IV de la Orden de Bases.

Para el caso de las personas en situación de autoempleo sin trabajadores a su cargo, la facturación acumulada deberá ser de, al menos, 70.000 euros en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o 35.000 euros en el año anterior, en proyectos similares a los que se deben desarrollar para los beneficiarios en cualquiera de las categorías de soluciones de digitalización del Anexo IV de la Orden de Bases. La facturación que se acredite deberá corresponder al mercado español. Se entiende por proyectos similares, proyectos desarrollados por el interesado que hayan tenido como objeto financiar la adopción soluciones de digitalización que se puedan englobar dentro de las categorías de soluciones desarrolladas en el Anexo IV de la Orden de Bases.

Para ello deberá presentar una declaración responsable en la que se indique de forma expresa el listado de trabajos en proyectos similares. Esta declaración responsable se habilitará en el formulario de solicitud de la Sede Electrónica de Red.es. Respecto a los importes de facturación deberá indicarse la cantidad excluyendo los impuestos indirectos correspondientes.

En cuanto a las fechas de los trabajos realizados en proyectos similares, deberá tenerse en cuenta para el cálculo de los umbrales de facturación el periodo de un año o dos años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.
Por ejemplo, si la solicitud se ha presentado el día 18 de enero de 2022, el periodo correspondiente al año anterior a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión será desde el 18 de enero de 2021 al 17 de enero de 2022, y el periodo correspondiente a los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión será desde el 18 de enero de 2020 al 17 de enero de 2022.»

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