TR802R – PROGRAMA ES-TRANSFORMA EN COOPERATIVAS O SOCIEDADES LABORALES. CONVOCATORIA 2024
Apoyar la transformación en cooperativas o sociedades laborales, de los negocios sin relevo generacional, de las sociedades mercantiles y de las personas trabajadoras autónomas que ya estén ejerciendo una actividad económica.
Transformación en cooperativas o sociedades laborales por alguno de los siguientes procesos:
a) Constitución por ausencia de relevo generacional: Constitución de una sociedad laboral o de una cooperativa, debidamente inscritas en el registro correspondiente en la fecha de la solicitud, integradas total o parcialmente por las personas trabajadoras cuyos contratos resultan extinguidos por causa de crisis o jubilación de su persona empleadora (entendiéndose como tal las sociedades de capital, sociedades civiles, personas autónomas y asociaciones que hayan estado desarrollando una actividad económica).
b) Constitución por personas autónomas: Constitución de una sociedad laboral o de una cooperativa, debidamente inscritas en el registro correspondiente en la fecha de la solicitud, que estén integradas en su totalidad por personas trabajadoras autónomas que ya estuvieran realizando una actividad laboral y, por lo tanto, estén en situación de alta en el correspondiente régimen de personas trabajadoras autónomas de la Seguridad Social o en la mutualidad del colegio profesional.
c) Constitución por transformación:
c.1) Transformación de todo tipo de sociedades en cooperativas o sociedades laborales debidamente inscritas en el registro correspondiente en la fecha de la solicitud: Esta transformación la acordará la junta general, o mediante sistema válido equivalente para expresar la voluntad social, con la mayoría exigida por su legislación aplicable, que se hará constar en escritura pública de transformación que expresará, necesariamente, el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la legislación para la constitución de la cooperativa o de la sociedad laboral. Se aportará esta escritura pública de transformación junto con la acreditación de su inscripción en el registro correspondiente.
c.2) Procesos de adquisición de la totalidad del capital integrante de una sociedad mediante compraventa de sus participaciones o acciones por parte, fundamentalmente, de sus personas trabajadoras, con la finalidad de llevar a término la continuación total o parcial de su objeto social y de transformación en una sociedad laboral o en una cooperativa previa adopción, elevación a público e inscripción de los acuerdos de modificación estatutaria precisos para su transformación en sociedad laboral; o previa adopción, elevación a público e inscripción de los acuerdos de reestructuración societaria y modificación estatutaria precisos para su transformación en cooperativa.
Sociedades laborales o cooperativas
1. Asesoramiento legal para la constitución de la cooperativa o de la sociedad laboral, así como para la transformación en una de estas entidades de economía social. Los gastos de registro, notaría y los informes legalmente preceptivos para el proceso de transformación.
2. Creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad.
3. Obtención de certificaciones de calidad.
4. Marketing, comunicación o relanzamiento comercial.
5. Plan de protección de datos.
6. Equipamiento informático.
7. Adquisición y desarrollo de software y páginas web.
8. Mejora en la eficiencia energética.
9. Adquisición de equipamiento.
10. Reforma del local de negocio.
11. Mobiliario.
12. Elementos de transporte.
80% con los siguientes límites para determinados concepto: 1) 4.000€; 2), 3), 4), 5) 5.000€.
MÁX 50.000€.
+3.000€ acumulables en caso de ayuntamiento rural, mayoritariamente mujeres, actividad donde las mujeres se encuentran subrepresentadas, mayoritariamente <30años, emigrantes retornados, >45años, con discapacidad, trans.
MÁX con ampliación 74.000€.
La cuantía de la ayuda será equivalente al 80 % del coste total de los gastos subvencionables.