Subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas emigrantes gallegas retornadas, y se procede a su convocatoria para el año 2026

Organismo responsable
Consejería de Empleo, Comercio y Emigración
Presupuesto
1.028.000,00 €
Régimen de financiación
Subvención
Acumulación
Convocatorias
Hasta 30/09/2026
Estado
En curso
Efecto incentivador
Más información
https://wapis.ipyme.org/servicioayudas/ayudas/detalle?id=130020&fichero=
¿En qué consiste?

Subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas emigrantes gallegas retornadas, que se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia.

Actividades objeto de ayuda
Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las siguientes personas que, residiendo fuera de España, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:
1. Las personas gallegas y nacidas en Galicia.
2. Los/las cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal y los/las descendentes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia.

Conceptos subvencionables
Rango de las ayudas

Para promover la creación y el desarrollo del autoempleo de las personas gallegas retornadas y de su descendencia que se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega, se establece una cuantía de la subvención de 6.000 euros.
El importe de la subvención se incrementará en el caso de concurrir las siguientes situaciones y en los siguientes importes, que serán acumulables:
a) En caso de que la persona solicitante sea mujer: 1.000 euros.
b) En caso de que el centro de trabajo (o domicilio fiscal, en el caso de carecer de este) esté situado en un ayuntamiento rural: 3.000 euros.
El importe máximo de la subvención concedida será de 10.000 euros.

Intensidad
¿Cuándo se recibe la ayuda?
Otras consideraciones de interés
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