FOMENTO DE LA INNOVACIÓN, LA MEJORA TECNOLÓGICA Y LA COMPETITIVIDAD EN EL SECTOR DE LA ACUICULTURA. CONVOCATORIA 2024
Proyectos que fomenten el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en el sector de la acuicultura.
Desarrollo de conocimientos técnicos, científicos u organizativos en las explotaciones acuícolas, que reduzcan el impacto en el medio ambiente, disminuyan la dependencia de la harina y el aceite de pescado, impulsen un uso sostenible de los recursos en la acuicultura, mejoren el bienestar de los animales o faciliten nuevos métodos de producción sostenible.
Desarrollo o introducción en el mercado de nuevas especies acuícolas, productos nuevos o sustancialmente perfeccionados, procesos nuevos o perfeccionados, o sistemas de gestión y organización nuevos o perfeccionados.
Estudio de la viabilidad técnica o económica de productos o procesos innovadores.
Empresas acuícolas y sus entidades asociativas con ámbito de actuación local o autonómico, legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro.
Los proyectos deben ser llevados a cabo en colaboración con un organismo científico o técnico reconocido, que actuará como entidad subcontratada:
a) Los incluidos en un registro creado, de acuerdo con el Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre.
b) Los organismos de las CCAA reconocidos como tales por la normativa autonómica.
c) Los organismos públicos de investigación, definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
d) Las universidades públicas y privadas.
e) Otras entidades del sector público que desarrollen actividades de I+D+i.
PERSONAL PROPIO (MÁX 40% del presupuesto): personal investigador, técnico y personal auxiliar que realice actividades de investigación;
PERSONAL DE NUEVA CONTRATACIÓN (100% del Salario Bruto);
AMORTIZACIÓN de equipamiento y material instrumental de nueva adquisición;
MATERIALES, suministros y productos similares;
SUBCONTRATACIÓN del organismo científico o técnico reconocido (MÁX 50% del presupuesto).
SERVICIOS ASESORAMIENTO y apoyo en materia de innovación.
CERTIFICACIÓN o «INFORME DE PROCEDIMIENTOS ACORDADOS» de un auditor ROAC, en caso de subvenciones >30.000€ en las que no sea posible presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.
PYMEs: 60%; Grandes: 50%; Entidades asociativas: 50%.
Ampliables hasta 100% en caso de proyectos de interés colectivo con beneficio colectivo y con características innovadoras.