Crecimiento
Financiar proyectos empresariales, basados en un modelo de negocio viable y rentable, que estén buscando una mejora competitiva o un cambio de modelo de su sistema productivo, o que quieran ampliar su capacidad productiva adquiriendo nueva tecnología, aumentando su gama de productos/servicios o diversificando mercados
Cualquier proyecto que sea viable técnica y económicamente
Emprendedores que estén contemplando para sus pymes mejoras competitivas, un proyecto de consolidación, crecimiento o internacionalización.
Importe mínimo del préstamo: 25 000 €.
Importe máximo del préstamo: 1 500 000 €.
Condiciones
Importe mínimo del préstamo: 25 000 €.
Importe máximo del préstamo: 1 500 000 €.
Para la determinación del importe se valorará, entre otros factores, la cuantía de fondos propios y la estructura financiera de tu empresa.
El tipo de interés se aplicará en dos tramos:
– Primer tramo: euríbor + 3,75 %
– Segundo tramo: aplicamos un interés variable en función de la rentabilidad financiera de tu empresa, con un límite máximo establecido entre el 3 % y el 8 %, de acuerdo con la calificación (rating) de la operación.
Comisión de apertura: 0,5 %.
Vencimiento: máximo, 9 años.
Carencia de principal: máximo, 7 años.
Comisión por amortización anticipada: equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de interés si este se hubiese amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses del segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.
Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: En el caso de cambio en la mayoría de control de la empresa prestataria y/o de transmisión global por cualquier título de los activos de la empresa prestataria, se establece la opción a favor de ENISA de declarar el vencimiento anticipado del préstamo. En el caso de ejercer dicha opción, se establecerá una penalización por vencimiento anticipado, equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses -si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo-, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de vencimiento anticipado.
La amortización de intereses y principal es trimestral.
No exige garantías.