Bono remuda para el fomento del relevo generacional de negocios 2026 (TR353D)
Este programa tiene como finalidad evitar el cierre de negocios por falta de relevo generacional, al tiempo que facilita que las personas interesadas en emprender tengan la posibilidad de recoger el testigo de un negocio ya viable económicamente.
Los negocios objeto de relevo deberán tener el domicilio social y fiscal y el centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia y estar inscritos en la bolsa de relevo de la Red de polos de emprendimiento y apoyo al empleo. Se exceptúan del requisito de inscripción en la bolsa de relevo los negocios que hayan sido objeto de relevo antes de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
El relevo, para ser subvencionable, deberá estar motivado por la jubilación o por la proximidad de la edad de jubilación de la persona titular del negocio. También puede estar motivada por causas sobrevenidas como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o la muerte.
Personas autónomas o empresas que adquieran o continúen un negocio situado en Galicia en los supuestos de relevo previstos, con mantenimiento de actividad y empleo.
El bono relevo subvenciona el precio, sin IVA, estipulado en el contrato de relevo, de un negocio o actividad con domicilio social y fiscal y centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia que previamente estuviese inscrito en la bolsa de relevo de la Red de polos de emprendimiento y apoyo al empleo.
El porcentaje del precio del contrato a subvencionar varía según la línea de ayuda:
– En la línea 1: bono relevo rural se subvenciona el 75 % del precio del contrato de relevo.
– En la línea 2: bono relevo general se subvenciona un 70 % del precio del contrato de relevo.
